Cuitláhuac autoriza condonaciones para vehículos particulares

Xalapa, Ver.- El gobernador Cuitláhuac García Jiménez emitió el Decreto por el que se establece el Programa de Ordenamiento Vehicular “Por tu Seguridad Actualiza tu Patrimonio 2019”, que contempla un nuevo reemplacamiento vehicular que será gradual y voluntario hasta el 31 diciembre del 2020.
En el Decreto se especifica que las placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral emitida por el Gobierno del Estado, con anterioridad al año 2017, dejarán de ser vigentes a partir del 1 de enero del 2021.
También se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado, por lo que el Secretario de Finanzas y Planeación deberá emitir las reglas de operación correspondientes del Programa antes del 1 de octubre; y tiene la instrucción para que ministre los recursos financieros necesarios para la ejecución y cumplimiento del Programa, de conformidad con la suficiencia presupuestaria en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
El Decreto señala que por derechos por el canje de placas, tarjeta de circulación y calcomanía numeral, los propietarios de vehículos al corriente en sus contribuciones vehiculares estatales pagarán 509.4 pesos (6 Umas); los propietarios de vehículos cuya unidad o unidades tengan adeudos respecto de contribuciones vehiculares, 1,073 pesos (12,7 Umas) y los propietarios de vehículos que los den de baja del padrón vehicular estatal por inutilidad, pérdida total del automóvil, por siniestro, robo o cambio de Entidad federativa, 84.49 pesos (1 Uma).
En el Decreto, el Mandatario señala que los propietarios de vehículos inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del servicio privado del Estado de Veracruz, que cuenten con placas de circulación emitidas en el último programa de canje masivo de 2011 y anteriores, que no realizaron el canje de placas en su oportunidad, podrán realizar el cambio de placas por haber finalizado su vigencia como lo establece la Norma Oficial Mexicana de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: NOM-001-SCT-2-2016.

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